Diputados proponen reformas al Código de Comercio de Guatemala

Con el propósito de fortalecer el plan de modernización del sistema financiero, el diputado independiente, Luis Pedro Álvarez presenta reformas al Código de Comercio.

La iniciativa dispone aprobar reformas al Decreto número 2-70 del Congreso de la República es decir el Código de Comercio.

El congresista, presentó una iniciativa de ley que plantea reformas para proveer certeza jurídica a las copias digitales de los cheques físicos.   En el documento, se hace referencia a la agilidad que provee la desmaterialización de los cheques para convertirlos en transacciones electrónicas, lo cual conlleva a establecer complejos mecanismos para el almacenamiento, resguardo y entrega de los mismos ante requerimientos de entidades públicas y privadas que así lo requieran.  Sin embargo, la propuesta promueve formas más ágiles y eficientes de realizar este proceso.

La reforma al Código de Comercio tiene 5 artículos:

  1. En este artículo se propone reformar el artículo 503, presentación en Cámara de Compensación, del Código de Comercio, con el fin de dar, a un cheque digitalizado, la misma validez y fuerza legal que a un cheque físico, que se presente a la Cámara de Compensación.
  2. En este artículo se propone reformar el artículo 511, Protesto, del Código de Comercio, con el fin de dar la misma validez legal del protesto, al cheque digitalizado, que tiene el cheque físico.
  3. En este artículo se propone adicionar el artículo 511 ter, Truncamiento de cheques, al Código de Comercio, con el fin de definir el proceso de truncamiento de cheques en la República de Guatemala, así como se establece que la copia del cheque digitalizado pagado que extienda el banco, con la constancia de que es copia fiel, tendrá los mismos efectos legales, eficacia, validez, fuerza obligatoria y probatoria que los cheques físicos.
  4. En este artículo se propone adicionar el artículo 516 bis, Destrucción de cheques pagados, al Código de Comercio, con el fin de habilitar la posibilidad de que las entidades financieras puedan destruir, de manera segura, los cheques pagados por ellas, y que no hubieren entregado a los cuentahabientes, obligando también, a mantener y resguardar copias digitalizadas de los cheques pagados.
  5. Se propone que el decreto aprobado por el Congreso de la República y ratificado por el presidente de la República, entre en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Los ponentes de la iniciativa de ley son los congresistas, Luis Pedro Álvarez Morales, Aníbal Estuardo Rojas Espino, Juan José Porras Castillo, María Eugenia Tabush, Manuel Conde y Fernando Linares Beltranena.

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