Más de 7,000 guatemaltecos recibieron transferencia del Fondo de Protección al Empleo

Se operativizó el primer pago a los beneficiados por el Fondo de Protección al Empleo, que asciende a 7,389 trabajadores afectados pro la suspensión laboral a causa de la emergencia sanitaria del Covid-19. Según el ministerio de Economía se derogaron Q7,909,725.00 quetzales.

Este fondo, aprobado mediante el Decreto 13-2020, es implementado por el MINECO y otorga Q75 diarios de lunes a domingo, a los trabajadores cuya suspensión haya sido debidamente autorizada por Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MINTRAB), a través de una transferencia directa al colaborador, realizada por El Crédito Hipotecario Nacional (CHN).

El ministro de Economía, Antonio Malouf, instó a los empresarios afectados a raíz del COVID-19, que utilicen esta medida para apoyar a sus colaboradores y mantener los empleos, mientras pueden volver a operar con normalidad, apuntalando la reactivación económica del país.

Así mismo, agrego que “Entregar este beneficio lo antes posible a quienes lo necesitan, representó una serie de esfuerzos y coordinaciones interinstitucionales, a través de un proceso transparente y apegado a las leyes existentes”.

El programa cuenta con Q2 mil millones con los que busca apoyar hasta a 300 mil trabajadores durante tres meses o hasta que se agoten los recursos y es parte del Plan General de Atención a la Emergencia COVID-19, diseñado por el Gobierno de Guatemala, que tiene como objetivo disminuir el impacto y tener una respuesta coordinada y escalonada, para contrarrestar y mitigar los impactos sociales y económicos.

¿Quiénes pueden optar al beneficio?

Cualquier tipo de empresa del sector formal, dentro del territorio nacional y cuyas operaciones hayan sido afectadas a raíz del COVID-19 pueden  optar por el beneficio, completando la solicitud de autorización de suspensión de contratos de trabajo a través de la página www.mintrab.gob.gt

Procedimiento para la solicitud de suspensión de los contratos laborales y para aplicar al beneficio del Fondo de Protección del Empleado

  1. Un representante de la empresa solicitante ingresa a la página web para llenar la solicitud de suspensión de los contratos laborales a través de la página www.mintrabajo.gob.gt
  • Luego de ingresar aparecerán dos formularios, y deberá hacer click en el formulario denominado “solicitud de suspensión de contrato de trabajo”.
  • El representante deberá llenar la información solicitada y cargar los documentos requeridos para poder autorizar la suspensión de los contratos y se debe grabar la solicitud.
  •  Al completar este paso, MINTRAB procede a la verificación de la papelería y, si todo está correcto, emite la resolución correspondiente y traslada automáticamente la información al MINECO.
  • Una vez completado el formulario, automáticamente el MINECO recibe la información y verifica que la empresa esté comprendida dentro de las actividades económicas autorizadas para recibir el fondo (industria, agroindustria, artesanías, servicio y comercio).
  • Los trabajadores recibirán un mensaje de texto con un código para actualizar sus datos a través de la página www.suspensiones.mineco.gob.gt, al recibir la información, MINECO procede a hacer el cálculo del beneficio, se elabora la nómina y se envía CHN para realizar el pago.
  • Una vez recibida la nómina de pago, CHN procede a realizar el depósito, directamente a la cuenta del beneficiario, en cualquier banco del sistema, o a través de un código personal para retirar en cualquier sede del banco CHN.
  • Luego de haber hecho lo anterior, y dentro de los primeros 10 días de la siguiente quincena del mes, el empleador debe ingresar a la página, y llenar el formulario de actualización de los empleados que aún se encuentren suspendidos, para que puedan recibir el siguiente pago.

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