CC ordena al Congreso suspender proceso de la Ley de Reconciliación Nacional

La Corte de Constitucionalidad (CC), otorgó amparo provisional que deja en suspenso el procedimiento legislativo para la aprobación de la iniciativa de Ley de Reconciliación Nacional número 5377.

Ante la resolución el diputado Fernando Linares Beltranena se pronunció: “nos están impidiendo discutirla, hacerle enmiendas y modificaciones, además nos resta a los diputados la facultad de la atribución constitucional de discutir y aprobar leyes.  creemos que es una aberración, sobretodo de los 3 magistrados ultrasocialistas que son Gloria Porras, De Mata Vela y Boanerges Mejía y aquí felicitamos al magistrado que dio su voto disidente Neftali Aldana”. 

El congresista señaló que iniciará el proceso para revocar esa limitación constitucional, al tiempo de señalar: “Creemos que este amparo provisional obedece a una complacencia con organizaciones supuestamente sociales que lo que quieren es seguir gozando de los resarcimientos, que en los últimos años han cobrado 2,800 millones de quetzales de todos los contribuyentes.  Es una complacencia para que sigan disfrutando del dinero de todos los guatemaltecos que es insconstitucional por violar el artículo 155 y viola los DDHH de todas las personas que están bajo el amparo de la Ley de Reconciliación Nacional que se dictó en 1996 que alcanza tanto a militares como aquellos insurgentes terroristas y que siguen detenidos violándose los derechos humanos de la no retroactividad, de que no pueden haber penas sin delito previo y del debido proceso por el articulo 219 de la Constitución por el que han sido juzgados los militares como el único insurgente detenido, quien es juzgado en juzgados especiales y no tribunales militares”.

Los dos votos disidentes son de los magistrados Neftaly Aldana y Dina Ochoa.

Por su parte el analista político y abogado, Giovanni Frati, señaló que la decisión de la CC es un golpe de Estado para Guatemala, pues lo que procedía era esperar a que se promulgará la ley y luego presentar una inconstitucionalidad.   Y calificó de “ilegal”, el amparo provisional que resolvió la CC.

 

 

 

 

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