Corte de Constitucionalidad declaró “sin lugar” recurso de Apelación contra binomio de la UNE
“Por unanimidad”, la Corte de Constitucionalidad declaró “sin lugar”, el recurso de Apelación presentado por el Partido Político TODOS contra la inscripción del binomio presidencial de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) encabezado por Sandra Torres como presidenciable y Romeo Guerra como vice presidencial.
El presidenciable del partido TODOS Ricardo Sagastume junto al vice presidenciable Moy González; hicieron referencia al Artículo 186 “literal f”, de la Constitución Política de la República de Guatemala.
El presidenciable se refirió a la inscripción del candidato vice presidencial de la UNE, Romeo Guerra.
“Artículo 186.- Prohibiciones para optar a los cargos de Presidente o Vicepresidente de la República. No podrán optar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República:
a. El caudillo ni los jefes de un golpe de Estado, revolución armada o movimiento similar, que haya alterado el orden constitucional, ni quienes como consecuencia de tales hechos asuman la Jefatura de Gobierno;
b. La persona que ejerza la Presidencia o Vicepresidencia de la República cuando se haga la elección para dicho cargo, o que la hubiere ejercido durante cualquier tiempo dentro del período presidencial en que se celebren las elecciones;
c. Los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente o Vicepresidente de la República, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia, y los de las personas a que se refiere el inciso primero de este artículo;
d. El que hubiese sido ministro de Estado, durante cualquier tiempo en los seis meses anteriores a la elección;
e. Los miembros del Ejército, salvo que estén de baja o en situación de retiro por
lo menos cinco años antes de la fecha de convocatoria;
f. Los ministros de cualquier religión o culto; y
g. Los magistrados del Tribunal Supremo Electoral.”
Por su parte, la UNE emitió su postura tras conocerse el fallo:
TODOS en primer instancia presentó recurso de nulidad ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y éste fue rechazado. Posteriormente se dirigió a la Corte Suprema de Justicia para solicitar un recurso de amparo provisional y les fue rechazado. Este 2 de marzo, la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió “sin lugar”, el recurso de Apelación. Sin embargo, jurídicamente, aún hay procesos que deben dejar en firme las resoluciones. Aunque el binomio de la UNE, ya recibió su credencial.
Impactos: 55