Empresas deben reiniciar proceso para acceder al Fondo de Protección al Empleo

Los colaboradores de las empresas suspendidas que han solicitado el Fondo de Protección al Empleo, deberán esperar para recibir las primeras transferencias como parte del programa social aprobado en el Congreso de la República así lo informaron las autoridades que buscan agilizar y hacer eficiente el proceso de la entrega. Esta medida es parte de una serie de programas creados ante la emergencia Covid-19 en Guatemala.

El ministerio de Trabajo (MINTRAB) y el ministerio de Economía (MINECO) informaron que todos los empleadores deben ingresar nuevamente la solicitud de suspensión por medio de las páginas www.mintrabajo.gob.gt, www.mineco.gob.gt o www.suspensiones.gob.gt enlazadas con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), lo que según ellos,
garantiza que todos los trabajadores suspendidos y aprobados por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social puedan recibir esta ayuda lo antes posible. Aunque se desconoce el tiempo del proceso, antes que los trabajadores puedan empezar a recibir las primeras transferencias, según indicaron fuentes del MINECO.

Tanto las empresas ya aprobadas, como las que están en proceso de aprobación, deben realizar este nuevo procedimiento, para que los trabajadores puedan continuar recibiendo los fondos o empezar a recibir los mismos.


Con el nuevo proceso, se coordina la validación de información directamente con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), eliminando según las autoridades, los errores cometidos al momento de ingresar datos.

Tanto MINECO como MINTRAB afirman que el nuevo sistema permitirá dar solución a errores identificados al momento de verificar la información de los beneficiarios, lo que generaba un retraso significativo en el proceso de entrega del fondo.

Es importante recordar que el empleador debe realizar la autorización de suspensión y actualización de datos cada quincena.

Procedimiento:
1. El empleador debe registrar la empresa y descargar el formulario de
suspensión, ingresar los datos, firmarlo y subir el formulario a la
plataforma. Es importante que suban el nuevo formulario, así como la
nueva declaración jurada.

2. El representante de la empresa recibirá un correo con código único para
activar su cuenta. Es importante ingresar un correo válido al cual tenga
acceso la persona que realiza el trámite.

3. Cuando la cuenta sea confirmada, la empresa podrá ingresar el listado de
empleados suspendidos. Es importante tomar en cuenta que se debe
proporcionar número de DPI y teléfono celular del trabajador. En caso el
mismo no sea guatemalteco, debe indicarlo en la casilla correspondiente.

4. Una vez la solicitud sea aprobada por el MINTRAB, automáticamente
pasa a MINECO para la aprobación del desembolso.
o MINECO traslada a CHN la información de los beneficiarios y el Banco
enviará un Token con la notificación a los beneficiarios vía SMS sobre el
desembolso y disponibilidad para usar los fondos en Canales de
Consumo.

5. Los beneficiarios pueden consumir en tiendas, farmacias, abarroterías,
supermercados y comercios que utilicen el sistema POS, o bien retirar el
dinero por medio de cajeros automáticos.

6. A partir del día hábil de cada quincena, el empleador deberá actualizar el
listado de los empleados, indicando si aún se encuentran suspendidos,
para que los mismos puedan recibir el siguiente desembolso.

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