JEDG asegura que software ayudará a la totalización de los resultados de departamento de Guatemala

Con el propósito de compartir cómo funcionará el proceso del software que adquirió la Junta Electoral Departamental de Guatemala (JEDG), se invitó a los medios de comunicación.

La organización indicó que: “el artículo 177 inciso c de la Ley Electoral y de Partidos Políticos indica que “es atribución de la Junta Electoral Departamental declarar el resultado y validez de las elecciones municipales realizadas en el departamento”

Esto quiere decir que la JEDG es responsable de certificar los resultados, para lo cual es encargada de la recepción, tabulación, traslado y validación de los votos emitidos en cada uno de los 343 centros de votación ubicados en los 16 municipios que se encuentran bajo su demarcación territorial.

Para cumplir con este mandato legal, la JEDG ha previsto contar con una solución
integral que permitirá registrar y verificar los datos consignados en las actas 4.

Por el volumen de las mismas, es clave poder contar con dicha herramienta a fin de
garantizar la transparencia en el proceso electoral. El sistema permite registrar los datos de las actas 4, totalizar los resultados de 16 municipios y registrar los votos de los ciudadanos.

La JEDG afirma que no es la primera Junta Electoral en tener una herramienta que permita resguardar, tabular y reportar la voluntad popular de los guatemaltecos de forma digital. En realidad, tanto en el proceso electoral del año 2015 como en el del 2019 existen casos de Juntas Electorales que emplearon herramientas tecnológicas.

El artículo 108 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos se refiere al escrutinio o conteo de votos, el cual únicamente puede ser realizado por la Junta Receptora de Votos (JRV) de acuerdo con el artículo 101 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
La Junta Electoral del Departamento de Guatemala (JEDG) realizará la totalización de los resultados o de los escrutinios de las JRV, utilizando las actas 4 que le son otorgadas por las Juntas Electorales Municipales (JEM).

Por la anterior premisa la JEDG, asegura que “no hay impedimento legal para que la JEDG utilice una solución integral que permitirá resguardar, tabular y reportar la voluntad popular de los guatemaltecos de forma digital, contando con una plataforma que fortalecerá los mecanismos de seguridad y verificación de los resultados”.

La solución integral para proteger el voto ciudadano propuesta por la JEDG no es un sistema de transmisión paralelo al del Tribunal Supremo Electoral (TSE). De hecho, ambos cumplen con funcionalidades distintas, al ser el de la JEDG una herramienta que permitirá registrar y verificar los datos consignados en las actas 4, por el volumen de éstas.

Polémica:

Durante las reuniones semanales que sostiene el Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), con secretarios generales de partidos políticos; los representantes de las agrupaciones manifestaron su rechazo a la compra del software por considerar que era paralelo al sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP).

Un medio de comunicación publicó detalles de la compra del

sistema habría sido otorgado a la empresa SEGA, Sociedad Anónima, que tendrá a su cargo el servicio de “grabación, totalización, validación y cómputo de resultados desde los centros de votación”. El costo del software sería de Q5 millones 460 mil, y para la Junta Electoral del Distrito Central será por Q2 millones 161 mil 042.35.

Impactos: 61