La SAT anunció “Suspensión de Contribuyentes al Régimen del IVA”

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), informó a los contribuyentes que, a través de la Agencia Virtual tienen diferentes opciones de facilitación para que puedan regularizar su situación tributaria, tales como: pago de omisos, cancelación de establecimientos sin movimiento y convenios de pago.
De esa cuenta, a partir de octubre de 2023, la SAT ha notificado a más de 276 mil contribuyentes que puedan poner en orden su situación tributaria presentando las declaraciones respectivas, para evitar la suspensión de la afiliación del Impuesto al Valor Agregado IVA. 
De esta manera, podrán continuar emitiendo Documentos Tributarios Electrónicos, gestionar Solvencia Fiscal, actualizar datos de establecimientos y ratificar datos en el RTU Digital, entre otros.

Las suspensiones de los contribuyentes que no han pagado los impuestos pendientes ya iniciaron informó la SAT.

Según el artículo 120 del Código Tributario “para aquellos contribuyentes que estén omisos en el pago del IVA o que no sean ubicados en su domicilio fiscal, la Administración Tributaria podrá suspender su afiliación al régimen de dichos impuestos y realizará la anotación especial en los registros tributarios del contribuyente o responsable...” 	

La SAT informó que quienes sean suspendidos, no podrán emitir Documentos Tributarios Electrónicos como las Facturas Electrónicas en Línea (FEL), ni realizar varios trámites, ya que la habilitación les permite emitir esos documentos, gestionar solvencia fiscal, actualizar datos de establecimientos y ratificar datos en el RTU Digital, refirió la entidad.

Sin embargo, se aclaró que el Número de Identificación Tributaria (NIT) no se suspende.  

Tras emitir la información, las redes sociales expresaron que, con las suspensiones, sería más difícil para los contribuyentes generar recursos para hacer los pagos de impuestos. 

Mientras tanto, la SAT reiteró que para consultas están disponibles los medios: 
Teléfono 1550, correo ayuda@sat.gob.gt y la asistente virtual RITA a través del portal www.sat.gob.gt 

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