Masivas solicitudes de antejuicio presentó el Ministerio Público

La Fiscalía de Delitos Administrativos presentó ante los órganos jurisdiccionales el antejuicio contra 111 funcionarios, entre las peticiones 92 diputados, 13 magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y 6 magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC). Los procesos de antejuicio se derivan de la resolución emitida el 29 de junio de 2020, por la CC, en donde certificó lo conducente al MP en contra la Comisión Permanente del Congreso de la República. En un comunicado de prensa, la fiscal general Consuelo Porras hizo énfasis en la autonomía, objetividad e imparcialidad de la institución.

La manzana de la discordia, entre los dos poderes del Estado y la Corte de Constitucionalidad tienen su raíz, en la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y magistrados de Salas de Apelaciones. Pues hasta, el momento el Legislativo no ha realizado la elección incumpliendo la resolución de la CC.

Antejuicio presentado contra los integrantes de la Comisión Permanente del Congreso de la República de Guatemala

Hechos: En resolución de fecha 29 de junio de 2020 la Corte de Constitucionalidad dentro de los expedientes acumulados 2187-2020, 2189-2020, 2190-2020 certificó lo conducente al Ministerio Público, en virtud de la negativa de la comisión permanente del Congreso de la República de remitir el expediente original de antejuicio identificado con el número 37-2020, por lo que pudieron cometer el delito de desobediencia al negarse a dar cumplimiento a lo resuelto.

  1. Allan Estuardo Rodríguez Reyes, Presidente del Congreso de la República de Guatemala
  2. Sofía Jeanetth Hernández Herrera, vocal primero
  3. Luis Alfonso Rosales Marroquín, vocal segundo
  4. Armando Damián Castillo Alvarado, vocal tercero 
  5. Rudy Berner Pereira Delgado, secretario
  6. Douglas Rivero Mérida, secretario 
  7. Carlos Santiago Nájera Sagastume, secretario

Antejuicio contra 92 diputados al Congreso de la República 

Hechos: Se deriva de la denuncia presentada por señora Lisa Valentina Witthohn Secaida el 26 de junio  contra los 92 diputados que votaron a favor del proyecto del Acuerdo para el Procedimiento de Elección de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones y Tribunales de Igual Categoría; toda vez que el 6 de mayo de 2020, la Corte de Constitucionalidad emitió sentencia de Amparo dentro del expediente 1169-2020 promovido por la Fiscal General y Jefe del Ministerio Público en Contra Del Congreso de La República donde se ordena que “… Debe excluirse en proceso de elección a profesionales cuya idoneidad y honorabilidad esté comprometida…”

La denuncia fue presentada por el posible delito de desobediencia contra: 

1. Aree Alvin Aguilar López

2. Hellen Magaly Alexandra Ajcip Canel

3. Felipe Alejos Lorenzana

4. Marvin Estuardo Alvarado Morales

5. Julia lzabel Anshelm-Moller Velásquez

6. Sergio David Arana Roca

7. Byron Wilfredo Arreaga Alonzo

8. Álvaro Enrique Arzú Escobar

9. Mario René Azurdia Fernández

10. José Gabriel Barahona Morales

11. Esteban Rubén Barrios Galindo

12. Felipe Jesús Cal Lem

13. Carlos Roberto Calderón Gálvez

14. Otto Leonel Callejas

15. Alfredo Adolfo Caniz Ajpacajá

16. María Eugenia Castellanos Pinelo de Pineda

17.Armando Damián Castillo Alvarado,

18. Jorge Romeo Castro Delgado,

19.Sergio Evaristo Chiapas Rivera

20. Hector Manuel Choc Caal

21.Guillermo Alberto Cifuentes Barragán

22. Manuel Eduardo Conde Orellana

23. Luis Alberto Contreras Colindres

24. Greicy Domenica De León De León de Pérez

25. José Alejandro De León Maldonado

26.Sandra Lorena De León Teo

27.Gerardin Ariel Díaz Mazariegos

28. Edgar Rubén Dubón García

29.Boris Roberto España Cáceres

30.Andy Arnoldo Figueroa Gil

31.Herbert Salvador Figueroa Pérez

32. José Arnulfo García Barrios,

33. Lilian Piedad García Contreras

34. Cornelio Gonzalo García García

35.Jorge Adolfo De Jesús García Silva

36.Angel lván Girón Montiel

37.Diego Israel González Alvarado

38. Rudy Wostbell González Cardona

39.Angel Francisco González Velásquez

40.Victor Israel Guerra Velásquez

41.Javier Alfonso Hernández Franco

42. Sofía Jeanetth Hernández Herrera

43.Olga Marina Juárez Alfaro

44. Candido Fernando Leal Gómez

45. Keven Iván Ligorria Galicia

46. Julio Cesar Longo Maldonado

47.Julio César López Escobar

48.Carlos Enrique López Maldonado

49.Darwin Alberto Lucas Paz

50. Jaime Octavio Augusto Lucero Vásquez

51.Emilio de Jesús Maldonado Trujillo

52. Erick Geovany Martínez Hernández

53. Karla Andrea Martínez Hernández

54. Joél Rubén Martínez Herrera

55. Duay Antoni Martínez Salazar

56. Marleni Lineth Matias Santiago

57. Nery René Mazariegos López

58. Mynor Gabriel Mejía Popol

59.Wilmer Rolando Mendoza

60. Efraín Menéndez Aguiano 

61.Juan Francisco Mérida Contreras

62. Rudio Lecsan Mérida Herrera

63. Julio Enrique Montano Méndez

64. Edgar Eduardo Montepeque González

65. Flavio Valdemar Muñoz Cifuentes

66.Carlos Santiago Nájera Sagastume

67.Sandra Carolina Orellana Cruz

68. Félix Danilo Palencia Escobar

69. Rudy Berner Pereira Delgado

70.Vivian Beatriz Preciado Navarijo

71.José Adolfo Quezada Valdéz

72. Fidel Reyes Lee

73. Edgar Raúl Reyes Lee

74.Aroldo José Ríos Gamarro

75. Shirley Joanna Rivera Zaldaña

76.Douglas Rivero Mérida

77. Hugo Otoniel Rodríguez Chinchilla

78.Allan Estuardo Rodríguez Reyes

79.Gustavo Estuardo Rodriguez-Azpuru Ordoñez

80.Carlos Napoleón Rojas Alarcón

81.Anibal Estuardo Rojas Espino

82. Luis Alfonso Rosales Marroquín

83. Leopoldo Salazar Samayoa

84. Aníbal Estuardo Samayoa Alvarado

85. Lucrecia Carola Samayoa Reyes

86. Sandra Patricia Sandoval González

87. Raúl Antonio Solórzano Quevedo

88.José Armando Ubico Aguilar

89. Jorge Estuardo Vargas Morales

90. Sabino Sebastián Velásquez Bámaca

91.Jose Francisco Zamora Barillas

92. Lázaro Vinicio Zamora Ruiz

Antejuicio contra 13 magistrados de la Corte Suprema de Justicia (suplentes)

Hechos: Se deriva de la denuncia presentada por 12 diputados al Congreso de la República en donde señalan que integraron los magistrados suplentes  ilegalmente y resolvieron dar trámite al antejuicio en contra de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad: Gloria Patricia Porras Escobar, José Francisco de Matta Vela, Neftalí Herrera y Bonerge Amílcar Mejía Orellana, resolución emitida el 26 de junio de 2020 donde se ordena trasladar las actuaciones al congreso de la república.

La denuncia fue presentada por los posibles delitos de usurpación de atribuciones, violación a la constitución, resoluciones violatorias a la constitución y prevaricato, en contra de:

  1. Leonel Rodrigo Sáenz Bojórquez, Magistrado Presidente de la Sala Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Santa Rosa.
  2. Artemio Rodulfo Tánchez Mérida, Presidente del Tribunal de Segunda Instancia de Cuentas y Conflictos de Jurisdicción.
  3. Horacio Enríquez Sánchez, Magistrado Vocal Segundo de la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil.
  4. Nicolas Cuxil Guitz, Magistrado Vocal Primero de la Sala Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Izabal.
  5. Edwin Alberto Mis Ávila, Magistrado Presidente de la Sala Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Retalhuleu.
  6. Roaldo Isaías Chávez Pérez, Magistrado Vocal Primero de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.
  7. Alba Susana López Racanac, Magistrada Vocal Primero de la Sala Sexta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
  8. Franc Armando Martínez Ruiz, Magistrado Vocal Primero de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del departamento de Guatemala.
  9. Karina Beatriz González Escobar, Magistrada Vocal Primero de la Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal en materia Tributaria y Aduanera.
  10. Edgar José López Espaillat, Magistrado Vocal Segundo de la Sala Mixta de la Corte de Apelaciones del departamento de San Marcos.
  11. Wilber Estuardo Castellanos Venegas, Magistrado Vocal Segundo de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil.
  12. Rosa María De León Cano, Magistrado Vocal Segundo de la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Antigua Guatemala.
  13. Henry Alejandro Elías Wilson, Magistrado Vocal Primero de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer y Violencia Sexual del departamento de Guatemala.

Antejuicio contra Magistrados de la Corte de Constitucionalidad 

Hechos: Denuncias presentadas por Ricardo Rafael Méndez Ruiz en calidad de presidente del Consejo Directivo y Representante Legal de la entidad Fundación contra el Terrorismo, y los ciudadanos Rina Paola Samayoa Mencos, Gilma Maribel Lemus Orellana, José Roberto Hernández Guzmán y Guillermo Ernesto Gil Barrientos, en contra de Magistrados de La Corte de Constitucionalidad y la señora Helen Beatriz Mack Chang al promover amparo en contra del proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y magistrados de la Corte de Apelaciones, y los magistrados de la Corte de Constitucionalidad procedieron emitir resolución sobre un asunto en el cual ellos eran inminentemente parte del mismo.

Las denuncias fueron presentadas por los posibles delitos de: violación a la constitución, resolución violatorias a la constitución, incumplimiento de deberes, tráfico de influencias, asociación ilícita revelación de información confidencial o reservada y prevaricato, en contra de:

1. Bonerge Amílcar Mejía Orellana

2. Gloria Patricia Porras Escobar de Pacheco

3. José Francisco De Mata Vela

4. María Cristina Fernández García

5. José Mynor Par Usen

6. Neftalí Aldana Herrera

El Ministerio Público ha emitido un comunicado indicando que estas acciones se realizan con el fin de que sea la autoridad competente, de conformidad con lo que establece la Ley en Materia de Antejuicio, la que determine si ha lugar o no a la  formación de causa, en cuanto a la posible comisión de un acto o hecho constitutivo de delito por parte de un dignatario o funcionario público, y asimismo, se determine si las denuncias recibidas han sido o no  presentadas por razones espurias, políticas o ilegítimas; aspecto de competencia clara y previamente establecida en la ley de la materia.

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