Ministerio Público solicita retiro de inmunidad para funcionarios públicos

Por la aprobación del decreto 12-2014, por parte del Congreso de la República, que contempla la Ley de Control de  las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para Transmisión de Datos, el Ministerio Público (MP), solicitó el retiro de inmunidad para un candidato presidencial, seis diputados y un ministro de Estado.

Según las investigaciones del MP, se solicitó el retiro de inmunidad para los diputados “jefes de línea”, que mediaron la aprobación de la ley por parte de su bloque parlamentario, mediante la vinculación de la entonces vicepresidenta Roxana Baldetti  y un intermediario de la empresa TIGO.

Los presuntos implicados son:

  1. Estuardo Galdámez, diputado y candidato presidencial de Frente de Convergencia Nacional (FCN-Nación).
  2. Juan José Porras, diputado por VIVA.
  3. Haroldo Quej, diputado de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE)
  4. Boris España, diputado Independiente
  5. Gustavo Arnoldo Medrano, diputado Independiente e hijo de Arnoldo Medrano, ex alcalde de Chinautla procesado por casos de corrupción.
  6. Mirma Figueroa de Coro, diputada por Alianza Ciudadana, aunque fue elegida por Partido Patriota (PP).
  7. Marco Antonio Orozco, diputado por el Movimiento Reformador (MR).
  8. Acisclo Valladares Urruela, quien representó a la empresa de Telecomunicaciones TIGO y actualmente es  ministro de Economía.

El ente investigador señala que al menos 62 diputados del Partido Patriota (PP), recibieron pagos de la empresa mencionada.   Las diligencias según la información proporcionada por el Ministerio Público señalan que existió una promesa de dádiva de parte de TIGO que consistía en Q50 mil, para cada diputado.  Según el MP cuenta con evidencias que fueron presentadas como anticipo de prueba en el caso.

Entre las conclusiones planteadas por el MP se refiere a tres específicamente:

a. La vulneración del principio republicano de separación de poderes:  Uno de los principios republicanos fundamentales es la separación de poderes. La Constitución de la República de Guatemala prohíbe la subordinación entre ellos.
• La investigación determinó que, las acciones realizadas por la exvicepresidenta Roxana Baldetti, y algunos de los diputados del Congreso de la República de la legislatura 2012-2016, supeditaron la potestad legislativa a los intereses de la Vicepresidencia y otros actores privados, a cambio de una promesa de dádiva/soborno, pervirtiendo así la independencia de poderes y el fin de las instituciones.
• Los diputados que impulsaron determinadas leyes y votos en el Congreso, a cambio de recibir una dádiva, incumplieron con su mandato constitucional de ser representantes del pueblo y dignatarios de la Nación.
b) La vulneración del principio de igualdad ante la Ley:
• La entidad comercial, por medio del Decreto 12-2014, obtuvo beneficios para sus intereses comerciales.
• Para ello se valió de mecanismos espurios como el pago de dádiva/soborno a varios diputados del Congreso de Guatemala, por medio de la entonces Vicepresidenta Roxana Baldetti.
• Así, la entidad comercial se colocó en ventaja competitiva, obtenida de forma desigual respecto a los competidores de su misma línea de negocios.
c) La captura del Estado
• Los pactos, viabilizados por el soborno, supeditaron el Poder Legislativo a las órdenes del Poder Ejecutivo, con esa perversión de origen se tomaron diversas decisiones en el Congreso y se sancionaron leyes. Estas acciones incluyeron el nombramiento de funcionarios de primer nivel en instituciones claves para el país como la Contraloría de Cuentas o las Cortes del país.

• La actuación de agentes privados en contubernio con funcionarios públicos (diputados
y exvicepresidenta) convirtieron al Organismo Legislativo en un tramitador de
intereses corruptos. Al punto que los legisladores ni siquiera leían las iniciativas de
Ley que proponían, pero que su tramite les significaría un beneficio (soborno).

El MP informó que solo se presentó antejuicios en contra de los funcionarios que participaron en las posibles actividades ilícitas, y no se procedió a solicitar citación o captura de los exfuncionarios involucrados en los  señalamientos que ya no gozan de inmunidad; porque  aún están en impugnación la decisión de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente que resolvió con lugar la recusación promovida por los representantes de la empresa TIGO en contra de la juez del Juzgado Noveno de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente.

Es importante resaltar que la Sala de Apelaciones resolvió que no se probó la causal de recusación; sin embargo por “sanidad procesal”, ordenó remitir las actuaciones al Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal a cargo del Juez Víctor Manuel Cruz Rivera.

 

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