Se simplifica proceso de traspaso electrónico de vehículos

Durante conferencia de prensa, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), informó que en cooperación el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala se trabajó en la facilitación y simplificación en el traspaso electrónico de vehículos por notario autorizado.

Marco Livio Díaz Reyes, Superintendente de Administración Tributaria (SAT), afirmó que el notario autorizado deberá ingresar a su Agencia Virtual y generar el número de transacción, o en la app de lectura de huella ingresar el número de transacción y captura de huella. El proceso permite la lectura QR de tarjeta de circulación y certificado de propiedad del vehículo de que se trate, confirmando así el traspaso electrónico por Vendedor y Comprador en Agencia Virtual en el mismo día.

Un llamado a los vendedores de vehículos para que los compradores realicen los traspasos durante la negociación.

La SAT también mencionó que la institución cuenta con placas para no entrar en una crisis.

Durante la conferencia de prensa, el funcionario se refirió a la reforma fiscal que están trabajando, donde se contempla reformar tributos. Entre ellos, se puede mencionar la fiscalización para la informalidad, el contrabando y la competencia desleal. El paquete fiscal se podría presentar en el 2023.

Díaz Reyes fue acompañado por Armando Gabriel Pokus Yaquián, Intendente de Atención al Contribuyente, y David De Jesús Duarte Alas, Vocal I de la Junta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, dieron a conocer la automatización del proceso que facilita a los notarios a través
de la Agencia Virtual el realizar las gestiones desde su despacho.
Para efectuar el traspaso electrónico y entrega de documentos, es necesario utilizar los formularios electrónicos de Gestión de traspaso SAT-8611, IVA por traspaso SAT-2311, Traspaso por Agencia Virtual y realizar pago con el formulario SAT-8028 a través de Declaraguate.

La herramienta electrónica le permite a los Notarios enviar el certificado de propiedad y tarjeta de circulación a la Agencia Virtual del comprador, así como a la Superintendencia de Administración Tributaria; así mismo, el Anexo del Certificado de propiedad (firmado y legalizado), Tarjeta de circulación, el Certificado de propiedad, DPI/pasaporte (vendedor y comprador), y representación legal del comprador (cuando sea persona jurídica), en formato PDF y con firma electrónica avanzada. El Notario queda como depositario de la documentación física de la gestión realizada para resguardar y conservarla.

El Superintendente informó que este nuevo proceso, que fue socializado con los profesionales del Colegio de Abogados y Notarios, es totalmente gratuito, 100% electrónico, de fácil acceso, disponible las 24 horas, los 365 días del año, y permitirá a los notarios la disponibilidad de la información, concluyó el Superintendente de Administración Tributaria.

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