UNE solicita al TSE cambio de Junta Electoral Departamental de Guatemala y Distrito Central

El Partido Unidad Nacional de la Esperanza, solicitó al Tribunal Supremo Electoral ( TSE), el cambio de los integrantes de la Junta Electoral del Distrito Central y de la Junta Electoral del Departamento de Guatemala.

La candidata presidencial, pidió que el TSE asuma la responsabilidad de hacer los cambios, tomando en cuenta que una vez juramentados los miembros de las JED, asumen prerrogativas y calidades como las de los alcaldes, tal como lo establece el artículo 175 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos ( LEPP).

La UNE hace referencia al artículo 108 del Reglamento de la LEPP establece que el Centro de Procesamientos de Datos del TSE es el único facultado para hacer el escrutinio de los votos con su software o puede contratar, previa autorización del pleno de magistrados de este cuerpo colegiado, no obstante, este artículo del reglamento no se cumplió, pues fue la JED quien realizó el contrato de forma directa.

Torres, mencionó que “los mismos magistrados han reconocido que hubieron problemas en la primera vuelta y lo que les estamos pidiendo es que no se vuelvan a cometer los mismos errores. Como vimos esas incertidumbre, esa falta de transparencia, muchas dudas que los guatemaltecos vimos en la primera vuelta electoral”.

La candidata presidencial Sandra Torres, recordó que desde antes del 25 de junio, denunció la adquisición del software paralelo para el conteo de votos de parte de esta JED, para lo cual fue contratada la empresa SEGA S. A. y cuyo contrato anularon posteriormente sin dar explicaciones razonables al pueblo de Guatemala.
Ante estos hechos, la UNE, previene al TSE para tomar las medidas necesarias y garantizar la transparencia que pide el pueblo de Guatemala, garantizando que el conteo de votos o la transmisión de datos de las actas físicas hacia el software conocido como TREP se desarrolle con apego a la ley.

La UNE solicita al TSE que se aplique a los miembros de las dos juntas electorales en mención la aplicación del Artículo 113 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

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